Registro de marcas y patentes (Chateando con un funcionario de la SIC)

Dentro de la gestión empresarial, existe un trámite fundamental que evita que terceros se aprovechen de su esfuerzo. Por favor registre su marca y evítese dolores de cabeza; después no diga que no puede comercializar sus productos o servicios porque "otro registró lo que usted hizo por tanto tiempo".

Hoy  quise hacer una consulta en la supertintendencia de industria y comercio para saber los requisitos para la expediención de marcas y patentes. De manera muy amable uno de sus funcionarios me concedió una entrevista vía chat, la cual quiero dejar en este blog.

Que esta información sea de utilidad para todos los empresarios de la industria de alimentos.



adrian esteban rodriguez: Buenas tardes

opclpalma
: Buenas tardes, Bienvenido al servicio en linea de la Superintendencia de Industria y Comercio. Mi nombre es Lina Palma ,es tan amable me indica su numero de cc, y ciudad de contacto para dejar registro.


adrian esteban Rodriguez: cc 71373549

adrian esteban rodriguez: Medellín


opclpalma: Gracias, en que le puedo colaborar?

adrian esteban rodriguez: Muchas gracias Lina. Tengo una inquietud ¿Cuáles son los pasos para hacer el registro de una marca?

opclpalma: El registro de marca es un trámite totalmente voluntario; el valor de esta solicitud para este año es de $706,000. El periodo de estudio de 9 meses como mínimo para concederla o negarla; si se concede será por un periodo de 10 años renovables por el mismo periodo si se niega no habrá devolución del dinero. El derecho al uso exclusivo comprende la facultad del titular de impedir que terceros no autorizados usen el signo o signos similarmente confundibles para los mismos bienes o servicios o aquellos conectados competitivamente.


opclpalma:
Los requisitos para registrar la marca son:

opclpalma: Documentarse de la Decisión 486 del Art. 134 en adelante en ella encontrará la información de que puede registrar  como marca y que no, esta información la encontrará en el siguiente link: http://www.sic.gov.co/Normatividad/Supranacionales/Decision486.php

opclpalma: Identifique la clase, según los productos o servicios de la marca, en la Clasificación Internacional de Niza.* en el siguiente link: 

http://www.sic.gov.co/propiedad/Signos_Distintivos/Marcas/Clasificacion.php

opclpalma: Verifique si la marca está registrada o en proceso de registro.



opclpalma: Esto lo hace verificando el listado de antecedentes marcarios: tiene un costo de 26,000 Este pago se debe realizar en la cuenta corriente 062754387  Codigó restintico 01 de cualquier sucursal del banco de Bogotá, a nombre de la superintendencia de industria y comercio.
 

Si se encuentra fuera de Bogotá, la SIC tiene convenio con las principales Cámaras de Comercio del país para que a través de ellas se pueda solicitar el listado. En Bogotá puede acercarse a la Cra 13 No 27-00 edificio Bochica 3do piso, en el mezzanine y con los datos de la marca solicita el listado, éste será entregado en 15 o 20 minutos. El listado le permitirá establecer si hay parecidos ortográficos, fonéticos o gráficos, siendo estos causales de irregistrabilidad.




opclpalma: Una vez descartada la esta posibilidad puede diligenciar el formulario. El cual lo puede adquirir totalmente gratuito por nuestra pag web: http://www.cic.gov.co 

Da clik en link que dice formatos / propiedad industrial /signos distintivos y descarga  el formulario unico de signos distintivos. Este formulario es muy facil de diligenciar al igual los documentos que se exigen como los son: 

  • La camara de comercio totalmente actualizado. 
  • Dos artes finales de 12 x 12 ,  
  • Finalmente la consignación de la tasa correspondiente a registro de marca, todo esto debidamente legajado en una carperta amarilla.

opclpalma: La Carpeta de color amarillo marcada con los siguientes datos mínimos: nombre y domicilio del solicitante; marca  o lema solicitado; clase del producto o servicio a amparar de acuerdo con la “Clasificación Internacional de Niza” y nombre del representante legal o apoderado si es del caso. La carpeta tambien puede ser dos octavos de cartulina amarilla.


opclpalma: Adicionalmente le informo que si ud es microempresario y cumple con los parametros de la ley 905 del año 2004 le aplica un  descuento del 25% en la solicitud del registro de marca el valor de los $706,000 se reduce y queda en $529,500 este descuento aplica  solo para microempresarios hasta el 30 de junio del 2010.

opclpalma: Para efectos del descuento debe ud anexar el formulario de reduccion de tasas a solicitud de registro de signos distintivos para microempresas. Que tambien lo puede obtener de forma gratuita en nuestra pag web.

adrian esteban rodriguez: bueno en caso de que yo esté realizando el tramite y en el lapso de nueve meses existiera algún  inconveniente porque alguien esté registrando la misma marca ¿Qué se puede hacer?

opclpalma:El que primero radique la solicitud de marca es quien tiene la prioridad

adrian esteban rodriguez:
¿Se tiene que hacer una solicitud diferente para el registro de una marca y para el regitro de un lema? o con una sola solicitud basta...

opclpalma: No puede registrar el lema hasta que no tenga la marca concedida por nosotros y el procedimiento es igual al de la marca.

adrian esteban rodriguez:¿Osea que tendrian que ser dos solicitudes entonces?

opclpalma: primero el de marca y cuando se conceda registra el lema

adrian esteban rodriguez:
Ok. La otra duda que tengo es ¿Qué se puede patentar?

opclpalma:Es importante documentarse de la Decisiòn 486 artìculo 14 en adelante para lo referente a patentes  y patente de invenciòn y 81 en adelante para patente modelo de utilidad allì le informan que es objeto de patente y que no,  todo el tràmite es responsabilidad del titular.

adrian esteban rodriguez: ¿El costo de registro de una patente en cuanto puede oscilar?

opclpalma: Patente de Invenciòn: Es un producto o procedimiento totalmente novedoso a nivel mundial, que no  se ha dado a conocer a  terceros que tiene aplicaciòn industrial y nivel inventivo, el costo es de $554,000 el tràmite dura aproximadamente 4 años ya sea para conceder o negar si se concede es por 20 años no renovables, si se niega no hay devoluciòn del dinero.

opclpalma:Patente Modelo de Utilidad: Es un producto o procedimiento que ya existe en el mercado pero que se le hace alguna  mejora para que tenga un diferente o mejor funcionamiento del que anteriormente tenìa, el costo es de $325,000 el tràmite dura  aproximadamente 3 años ya sea para conceder o negar si se concede es por un periodo de 10 años no renovables si se niega no hay
devoluciòn del dinero.


adrian esteban rodriguez: Osea que pasados los diez años, ¿Lo que yo haga queda de dominio público?
¿Qué otros mecansimos existen para que una patente tenga mayor tiempo de concesión?

opclpalma:
No señor

adrian esteban rodriguez: ok. Muchas gracias Lina por la información. Y le deseo una feliz tarde


opclpalma:
Gracias por comunicarse a la superintendencia de industria y comercio recuerde que hablo con Lina Palma que tenga una feliz tarde, hasta pronto
 


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Conclusiones:
  1. Registrar una marca en Colombia es riesgoso. ¿Por qué esperar nueve meses? 
  2. Como es posible que si una persona pida un patente tenga que esperar hasta cuatro años para concederla. En cuatro años los adelantos industriales y la dinámica del mercado impedirían a cualquier empresario ser compettitivo.
Esta es una muestra más de la tramitología en Colombia y sus efectos adversos en el empresariado.

2 comentarios:

  1. Querido Adrian

    La información que te dio la SIC no fue completa. Olvido la funcionaria mencionarte que si bien la marca demora 9 meses en ser concedida, quien solicita la marca tiene una expectativa de derecho, es decir, que puede iniciar acciones legales contra quien, posteriormente, solicite una marca similar o igual. En otra palabras, no te comento acerca del principio de derecho, primero en el tiempo primero en el derecho. De esta forma mi quiero amigo, si usted solicita una marca ante la SIC no tiene porque esperar al pronunciamiento dado que usted se entiende como solicicitante prioriatario y bajo la luz de la decisión 486 articlo 136 literal que reza. No podran registrarse como marcas aquellos signos cuyo uso en el comercio afectara indebidamente un derecho de tercero, en particular cuando: a) sean identicos o se asemejen, a una marca ANTERIORMENTE SOLICITADA PARA REGISTRO o registrada por un tercero para los mismos productos o servcios, o para productos o servicios respecto de los cuales el uso de la marca pueda causar un riesgo de confusión o de asociación.
    Así pues que NO es un riesgo solicitar un registro de marca en Colombia, es UN RIESGO NO SOLICITARLA OPORTUNAMENTE y corre el peligro de que un tercero que este bien asesorado le quite su marca cuando usted ya la ha colocado en el mercado y lo peor, posicionado.

    Un saludo

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  2. Muchas gracias Adriana por la información.
    En efecto usted puede solicitar dicho principio; sin embargo en el caso de que usted no sea el solicitante prioritario, dicho
    principio no tiene validez. Por eso es impoortante hacer vigilancia competitiva, al cual permite rastrear quién mas puede estar solicitando una marca similar.
    El riesgo tampoco es solitar oportundamente una marca; el verdadero riesgo es que no existen sistemas de referenciación comercial y tecnológica que ler permita un posicionamiento frente a otros

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